Gaztemundu 2013
Programa dirigido a los jóvenes de las euskal etxeak, consistente en una estancia formativa en Euskadi
50.000 euros
- RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2013 (BOPV N 154/2013)
del Director para la Comunidad Vasca en el Exterior, por la que se seleccionan las personas participantes en el programa Gaztemundu en su edición de 2013
- RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2013 (BOPV N 118/2013)
de la Secretaria General de Acción Exterior, por la que se convoca el programa Gaztemundu en su edición de 2013
- DECRETO 316/2003, de 23 de diciembre, (BOPV N 8/2004)
por el que regula el programa Gaztemundu
Eusko Jaurlaritzaren Lehendakaritza - Presidencia del Gobierno Vasco
Kanpo Harremanetarako Idazkaritza Nagusia - Secretaría General de Acción Exterior
Navarra, 2
01007 Vitoria-Gasteiz
euskaletxeak@ej-gv.es
Tel.: (+34) 945 018127
Fax: (+34) 945 018158
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Programa dirigido a los jóvenes de las euskal etxeak, consistente en una estancia formativa en Euskadi
Personas que, residiendo en el exterior de Euskadi, sean socias de algún centro vasco oficialmente reconocido, con una antiguedad de al menos 3 años
1.– Tener, a fecha 1 de enero del año de la convocatoria, al menos 18 años.
2.– Tener su residencia en el exterior del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
3.– Ser socio o socia, con una antigüedad de al menos tres años en el momento de la publicación de la convocatoria, en alguno de los Centros Vascos-Euskal Etxeak oficialmente reconocidos e inscritos en el Registro de Centros Vascos.
4.– Acreditar documentalmente conocimientos musicales.
5.– No haber sido beneficiario o beneficiaria de una estancia en el programa Gaztemundu.
50.000€
- Documentación a aportar
Junto a la solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:
a) Copia del pasaporte o carnet de identidad donde se acredite la edad y el lugar de residencia.
b) Certificación del Centro Vasco que acredite la condición de socio o socia con una antigüedad de; al menos tres años en el momento de la publicación de la convocatoria; en alguno de los Centros Vascos-Euskal Etxeak oficialmente reconocidos e inscritos en el registro de Centros vascos. También deberá certificar que el Centro asume la responsabilidad de reintegrar los gastos que se generen por el adjudicatario en caso de incumplimiento de las obligaciones, y deberá adjuntar un informe sobre el grado de participación de la persona en la vida social del solicitante.
c) Grabación musical de dos minutos de duración de buena calidad donde se recoja la ejecución individual de un instrumento autóctono vasco por parte del o de la aspirante.
d) Documentación acreditativa del conocimiento del euskera.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
21/07/2013
6 meses
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de Relaciones con las Colectividades Vascas.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de Relaciones con las Colectividades Vascas.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.